Diferencias en las Comunidades Autónomas, también en la resolución del abuso sexual infantil

Se estima que sólo el 15% de los abusos sexuales infantiles se llega a denunciar. En 2019 se presentaron 6.153 denuncias; en 2020 lo hicieron 5.685, seguramente porque el confinamiento redujo las oportunidades de revelación o detección. La mayoría de los operadores jurídicos no tienen formación específica en violencia contra los niños. No lo digo yo, lo dice el informe de Save de Children.

En el caso de abuso sexual infantil, las diferencias por Comunidades Autónomas en el grado de sobreseimiento y condenas en los procedimientos judiciales abiertos como consecuencia de denuncias de esta naturaleza, son brutales.

Tomando los datos del Informe Ojos que no quieren ver, casos judiciales iniciados por cada 100.000 niños, niñas y adolescentes nos dicen mucho sobre la capacidad de detección y la cantidad de denuncias que se producen en cada territorio. Para evitar que los años con picos o valles de apertura de procesos judiciales pudieran alterar los resultados, calcularon la tasa de procesos usando la media de cuatro años. El resultado es que mientras que el dato para el conjunto del Estado es de 12,1 procesos por cada 100.000 niños y niñas, comunidades como el País Vasco, La Rioja o Aragón se quedan muy por debajo (ver gráfico en imagen), lo que quiere decir, que se detectan un porcentaje muy inferior de abusos a niños. Siguiendo el informe, sólo el 15% de los centros educativos que habían tenido conocimiento de un posible abuso, no lo había comunicado a las autoridades.

Aún abierto el procedimiento judicial, también hay enormes diferencias en las tasas de sobreseimiento o archivo de los procedimientos, estando la media nacional en el 72%, mientras que CCAA como Navarra, Aragón y Cantabria están por encima del 90% de archivos. Hay que suponer que una diferencia de más de 20 puntos, con grandes datos, no es aleatoria, ni hay motivos para suponer que en estas CCAA haya mayor tasa de falsas denuncias que en el conjunto del país. Como los juzgados de instrucción no digitalizan sus resoluciones, no hay modo de conocer el peso cuantitativo de cada argumento o motivo de archivo. Como mínimo, habrá que preguntarse por los procedimientos que se siguen y la cualificación y especialización de los que atienden a los niños en el proceso judicial, en especial en las primeras fases del procedimiento. Incluyendo operadores jurídicos, médicos forenses y psicólogos forenses. Cabe preguntarse qué tipo de exploración se les hace a los menores, teniendo en cuenta que la mayor parte de los abusos sexuales infantiles no dejan huella física, o si la dejan, transcurre normalmente bastante tiempo entre la denuncia y la exploración, para que ésta no sea evidente.

Respecto a los psicólogos, que es mi campo, en las CCAA donde no ha habido transferencias de Justicia, es el Ministerio quien selecciona a los psicólogos forenses a través de un proceso de oposición específico, por lo que la preparación de las materias también es específica. El Ministerio garantiza un proceso selectivo de su personal.

Pero en las CCAA donde se han transferido las competencias de Justicia, la inmensa mayoría de sus administraciones considera que cualquier psicólogo, con independencia de su formación y experiencia, puede hacer informes periciales de todo tipo, incluidos violencia de género y abuso sexual infantil. Así, un psicólogo funcionario que lleve trabajando 20 años en formación para el empleo en una administración, puede solicitar traslado a un servicio dependiente de Justicia y al día siguiente empezar a hacer periciales. Es el caso de Madrid, Aragón, Andalucía o Valencia (aunque en Andalucía existen organizaciones específicas conveniadas para el abuso sexual infantil). Estas son las consecuencias de la falta de reconocimiento de la especialidad.

En muchos casos, todavía es peor: los psicólogos para juzgados se están externalizando a asociaciones, empresas o fundaciones, presuntamente sin ánimo de lucro, que terminan siendo auténticos emporios, que subcontratan graduados en psicología nóveles por poco más de 1000 euros al mes, para hacer un trabajo de enorme responsabilidad y sin ninguna garantía de formación ni de especialización. Y así estamos.

Confiemos en que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia establezca órganos y profesionales especializados en la violencia contra los menores.

No dejen de leer el informe.